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Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE núm. 46, de 22 de febrero), en su redacción dada por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto (BOE núm. 186, de 5 de agosto) y por la Ley 10/1999, de 21 de abril (BOE núm. 96, de 22 de abril). Real Decreto 2283/1985, de 4 de diciembre, por el que se regula la emisión de los informes de aptitud necesarios para la obtención de licencias, permisos y tarjetas de armas (BOE núm. 295, de 10 de diciembre), modificado por Orden de 4 de febrero de 2000 , por la que se varía el anexo 2 relativo a las tarifas aplicables a los informes de aptitud (BOE núm. 35, de 10 de febrero). Real Decreto 1631/1992, de 29 de diciembre, sobre restricciones a la circulación de ciertos bienes y servicios (BOE núm. 1, de 1 de enero de 1993), modificado por el Real Decreto 652/1994, de 15 de abril (BOE núm. 115, de 14 de mayo). Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE núm. 55, de 5 de marzo), modificado por el Real Decreto 540/1994, de 25 de marzo (BOE núm. 73, de 26 de marzo) y por el Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo (BOE núm. 55, de 4 de marzo). Real Decreto 1778/1994, de 5 de agosto, por el que se adecúan a la Ley 30/1992 las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones (BOE núm. 199, de 20 de agosto). Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, por el que se aprueban determinadas normas procedimentales en materias de Justicia e Interior (BOE núm. 240, de 7 de octubre). Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada (BOE núm. 289, de 3 de diciembre). Orden de 20 de mayo de 1993, por la que se aprueba el modelo de Tarjeta Europea de Armas de Fuego y el de declaración de transferencias de armas de fuego por armeros autorizados (BOE núm. 132, de 3 de junio). Orden de 24 de febrero de 1994, por la que se aprueban los modelos de licencias, autorizaciones, tarjetas y guías de pertenencia que serán utilizados para documentar las diversas clases de armas (BOE núm. 54, de 4 de marzo), modificada por Orden de 12 de septiembre de 1997 (BOE núm 230, de 25 de septiembre). Orden de 3 de octubre de 1994, por la que se precisa el régimen aplicable a los "sprays" de defensa personal de venta permitida en armerías (BOE núm 240, de 7 de octubre). Orden de 2 de marzo de 1995, por la que se determinan las armas que, amparadas con licencia tipo F, son consideradas de concurso (BOE núm. 55, de 6 de marzo). Orden de 1 de abril de 1997, por la que se determina el régimen aplicable al lanzador de ayudas (BOE núm. 86, de 10 de abril). Orden de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente (BOE núm. 77, de 31 de marzo), modificada por la Orden de 7 de marzo de 2000 (BOE núm. 60, de 10 de marzo), en su redacción dada por la Orden de 21 de julio de 2000 (BOE núm. 179, de 27 de julio). Orden de 30 de noviembre de 1998, por la que el Ministro del Interior delega determinadas atribuciones y aprueba las delegaciones efectuadas por otras autoridades (BOE núm. 294, de 9 de diciembre), en su redacción dada por la Orden de 31 de enero de 2000 (BOE núm.27, de 1 de febrero). Orden de 14 de enero de 1999 por la que se aprueban los modelos de informes de aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada (BOE núm. 20, de 23 de enero). Orden de 27 de octubre de 2000 por la que se determina el régimen reglamentario aplicable a un artefacto denominado cañón lanza-redes (BOE núm 262, de 1 de noviembre). Resolución de 18 de junio de 1996, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las características del soporte y diseño del registro para informatización de los libros-registro de armas y otras obligaciones documentales (BOE núm. 161, de 4 de julio). Resolución de 18 de marzo de 1997, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se delegan competencias en materia de armas, explosivos y seguridad privada (BOE núm. 99, de 25 de abril). Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se dictan instrucciones para la ejecución de la Orden del Ministerio del Interior de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente (BOE núm. 290, de 4 de diciembre). Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE núm. 291, de 5 de diciembre). |
Las
armas reglamentarias se dividen en las siguientes categorías:
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PRIMERA CATEGORÍA
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SEGUNDA CATEGORÍA
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TERCERA CATEGORÍA
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CUARTA CATEGORÍA
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QUINTA CATEGORÍA
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SEXTA CATEGORÍA
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La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Guardia Civil.
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SÉPTIMA CATEGORÍA
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